Francia define fiscalmente el libro digital

Desde el 1 de enero de este nuevo año, Francia ha bajado el tipo de IVA de los libros digitales de un 19,6% a un 7%.

Para establecer el ámbito de aplicación de este nuevo tipo de IVA, la Direction Générale des Impôts de Francia ha publicado una definición fiscal de libro digital:

El libro, digital o sobre soporte físico, tiene por objeto la reproducción y la representación de una obra original, creada por uno o más autores, constituida por elementos gráficos (textos, ilustraciones, diseños…) y publicada bajo un título.
El libro digital no difiere del libro impreso salvo por los elementos necesarios e inherentes a su formato. Son considerados elementos accesorios propios de un libro digital las variaciones tipográficas y de composición así como las modalidades de acceso al texto y a las ilustraciones (motor de búsqueda asociado, modalidades de cambio de página o de hojeado de su contenido).
El libro digital está disponible al público a través una red de comunicación en línea, especialmente por descarga o streaming, o por un medio de almacenamiento extraible.

Quedan, pues, excluidos de esta definición los libros-aplicación, que por tanto siguen sujetos a un IVA del 19,6%. Esto no va a suponer un gran cambio, ya que el principal distribuidor de libros-aplicación es Apple a través de la App Store, que cobra un IVA del 10% sobre las ventas (de acuerdo con las leyes de Luxemburgo, país en el que se basan las operaciones europeas de iTunes).

Arancha Mellado (Actualidad editorial) Vía eBouquin