Se presentan tiempos revueltos y de incertidumbre en la dirección del Servicio de Bibliotecas de la Generalitat de Cataluña. Y es que un juez ha ordenado repetir el concurso de la plaza de jefe del Servicio de Bibliotecas por “sospecha de falta de imparcialidad” en el proceso de selección.

Fuente original: Un juez reabre el caso de la dirección del Servicio de Bibliotecas de la Generalitat de Cataluña.

El recurso contencioso establece que se nombre una nueva junta que evalúe de nuevo a los candidatos, Josep Vives y Carme Fenoll.

Allá por febrero de 2017, nos enteramos a través de la cuenta de Twitter de la actual jefa del servicio, Carme Fenoll, de la noticia. Comentaba en dicha plataforma que no había ganado el concurso y que, por lo tanto, no podía seguir en el puesto ni con las funciones que venía desempeñando desde el año 2012.

A raíz de esta publicación, la comunidad bibliotecaria, educativa, política y de usuarios de bibliotecas se volcaron con ella. De hecho fueron muchas las publicaciones que circularon en favor y defensa de su magnífica trayectoria e implicación en el puesto. Otras dejaban en entredicho la transparencia del proceso.  El artículo de opinión escrito por Dídac Martínez (Director del Servei de Biblioteques de la Universitat Politècnica de Catalunya) en Nuvol trataba este tema y destacaba el buen hacer de Carme en la dirección de las bibliotecas:

Ahora han pasado cinco años y la administración decide hacer un concurso para estabilizar las personas y lo primero que hace es nombrar un tribunal para la plaza más importante de las bibliotecas de Cataluña, ¡en el que solo uno de sus miembros es bibliotecario! Cosa que no ocurre en ningún lugar del planeta. ¿Se imaginan elegir un director de un hospital donde sólo haya un médico en el tribunal?

Su puesto lo ocupó Josep Vives, el cual ganó el concurso para ocupar la plaza. Pero Carme Fenoll apeló tal decisión:

Carme Fenoll apeló contra la decisión, que a igualdad de méritos en el resto de los apartados otorgó mayor puntuación a Vives ya que le concedió a este dos puntos por contar en el nivel D de catalán mientras que la memoria del proyecto para el servicio de bibliotecas de Fenoll fue mejor valorada que la de su oponente, pero solo con 1,5 puntos de diferencia. Fenoll argumentó que no se le había computado un máster y cuestionó los criterios para valorar sus respectivos proyectos, pero la junta de valoración aún le rebajo la puntuación, tras su apelación, argumentando errores gramaticales en su texto y el uso de material ajeno.

Ahora nos enteramos de que el juzgado contencioso administrativo número 17 de Barcelona anula el concurso de méritos y capacidades para la provisión del puesto y declara:

La retroacción de las actuaciones realizadas en esta convocatoria al momento inmediatamente posterior a la presentación de la memoria por parte de los aspirantes admitidos.

La designación de una nueva Junta de Méritos para la continuación del proceso selectivo y valoración de los aspirantes. Esta nueva Junta no podrá ser integrada por ningún de los miembros titulares o sustitutos que la han formado anterior.

Además, el juez reprocha la falta de transparencia de los responsables del concurso, los cuales no hicieron públicos los criterios de valoración del proceso.

“La actuación de la Junta de Méritos, no dando a conocer los criterios de valoración a los candidatos, aplicando elementos de valoración ajenos a las bases del concurso y no motivando adecuadamente elementos básicos de su valoración, implica la existencia de una sombra de sospecha de falta de imparcialidad que hace imprescindible su total renovación, para preservar el principio de igualdad”.

Noticia en redacción…